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En FM Abogados somos especialistas en la tramitación de juicios de accidentes del trabajo. Si tienes cualquier duda contactenos y le responderemos a la brevedad.
Se entiende por accidente de trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del mismo, y que le cause incapacidad o muerte.
Si sufrió un accidente del trabajo, usted puede demandar al empleador para obtener, por ejemplo, una indemnización por daño moral, dependiendo de la gravedad de sus lesiones. En algunos casos, se puede demandar por lucro cesante si, a consecuencia del accidente, no puede volver a trabajar.
Según el artículo 79 de la Ley 16.744, las acciones para reclamar las prestaciones por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales prescribirán en el término de cinco años, contados desde la fecha del accidente o desde el diagnóstico de la enfermedad. En el caso de la neumoconiosis, el plazo de prescripción será de quince años, contado desde que fue diagnosticada.
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